El Alto Tribunal estima parcialmente el recurso interpuesto hace tres años por tres entidades de gestión, que entendían que no debían ser los presupuestos estatales los que financiaran este canon, sino exclusivamente los usuarios de la copia privada
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el Real Decreto que regula el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, conocido como 'canon digital', según una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
Desde 2012, el canon digital por copia privada se sufraga en España con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, por lo que el importe se fija anualmente, "dentro de los límites presupuestarios" establecidos para cada ejercicio.
En concreto, el Alto Tribunal estima parcialmente el recurso interpuesto hace tres años por tres entidades de gestión (Egeda, Dama y Vegap), que entendían que no debían ser los presupuestos estatales los que financiaran este canon, sino exclusivamente los usuarios de la copia privada.
El Supremo atiende a la resolución del pasado mes de junio del Tribunal de la UE que consideraba ilegal el canon al no garantizar que el coste de la compensación equitativa sólo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas. Por ello, ve "inaplicables" los preceptos del Real Decreto y los declara nulos.
"A juicio de esta Sala, el presente asunto gira fundamentalmente en torno a un problema de derecho de la Unión Europea", señala el tribunal, quien no obstante matiza que introducir una medida para evitar que las cantidades recaudadas de los impuestos terminen sufragando la compensación equitativa es "tarea difícil".
Además, considera a las entidades de gestión como demandantes "con interés legítimo" en este asunto, pese a las alegaciones del Abogado del Estado tras conocer la decisión de Bruselas.